¿Quién tiene derecho a pedir información a un Ayuntamiento?
La respuesta corta
Sí. Cualquier persona tiene derecho a solicitar información pública a un Ayuntamiento.
No hace falta:
Ser abogado.
Ser periodista.
Ser concejal.
Estar empadronado en ese municipio.
Explicar para qué quieres la información.
¿Por qué?
Porque las administraciones públicas trabajan con dinero público y ejercen funciones públicas. Por ello, la ley reconoce el derecho de cualquier persona a conocer cómo actúan.
¿Qué leyes obligan al Ayuntamiento?
La Constitución dice que los ciudadanos pueden consultar los archivos y registros de la Administración.
Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: regula el derecho de acceso a la información pública y las obligaciones de transparencia de las administraciones.
Algunas comunidades autónomas tienen además su propia ley de transparencia. Cuando existe, siempre da más derechos, nunca menos.
¿Puede el Ayuntamiento negarse?
Sí, pero solo en los casos previstos por la ley.
No puede responder simplemente:
"No queremos."
"Eso no se da."
"No eres del pueblo."
"No tienes interés."
Si deniega la información, debe indicar el motivo legal concreto por el que lo hace.
¿Qué se puede pedir?
Presupuestos.
Facturas.
Contratos.
Subvenciones.
Actas de los plenos.
Informes técnicos.
Expedientes, salvo los que la ley proteja.
¿Qué no es información pública?
Datos personales protegidos de terceros.
Cosas que la ley protege por otros motivos, como la seguridad pública o lo que se habla en reuniones internas antes de tomar una decisión.
Información que la Administración simplemente no posee.
Siguiente paso
Si quieres saber cómo presentar la solicitud paso a paso, sigue con nuestra guía Cómo pedir acceso a información pública, que incluye dos plantillas listas para copiar.
Enlace oficial
El texto completo de la Ley 19/2013 está disponible en el BOE. Los procedimientos y la normativa autonómica pueden cambiar con el tiempo. Si observas diferencias entre esta guía y la normativa vigente, prevalece siempre el texto legal oficial.